¿Que Partido Politico cree mas cercano al Mundo de la Discapacidad?

Administrador
Según la Unión Europea un medicamento huérfano es aquél que cumple los requisitos:
  1. Que se destine a establecer un diagnóstico, prevenir o tratar una enfermedad que afecte a menos de cinco personas por cada diez mil en la Unión Europea;
  2. Que se destine al tratamiento de una enfermedad grave o que produzca incapacidades y cuya comercialización resulte poco probable (no comercial) sin medidas de estímulo,
Los medicamentos huérfanos son fármacos no desarrollados por la industria farmacéutica por razones financieras, ya que van destinados a un reducido grupo de pacientes, y que, sin embargo responden a necesidades de salud pública.
Fue Estados Unidos el primer país que desarrolla una ley, la Orphan Drug Act en 1983, haciendo que el estatus de huérfano permita subvenciones para el desarrollo de estos productos, así como otras medidas de apoyo, hasta su aprobación comercial. La Unión Europea inició una política común en este ámbito en 1999.

Criterios para que un medicamento reciba la calificación de medicamento huérfano

  • Estados Unidos: útil para tratar una enfermedad con menos de 200.000 pacientes/año, correspondiente a una prevalencia de 7,5/10.000 habitantes
  • Japón: menos de 50.000 pacientes/año, correspondiente a 4/10.000 habitantes
  • Australia: menos de 2.000 pacientes/año, correspondiente a 1,1/10.000 habitantes
  • UE: menos de 185.000 pacientes/año, correspondiente a 5,0/10.000 habitantes
Publicado en Wikipedia la Enciclopedia Libre.

DOCUMENTOS PRACTICOS

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LEGISLACION Y DISCAPACIDAD


  • Ministerio de Educación (BOE de 18/11/2010 - Sección I)

    Orden EDU/2949/2010, de 16 de noviembre, por la que se crea el Foro para la Inclusión Educativa del Alumnado con Discapacidad y se establecen sus competencias, estructura y régimen de funcionamiento.








CONVOCATORIA DE PLAZAS DE TRABAJO

  • Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad.

    Ministerio de Administraciones Públicas (BOE 303 de 17/12/2004)



Toda la información de legislación y discapacidad proviene de consultas al Boletín Oficial del Estado.

ADVERTENCIA

La información de este BLOG es orientativa y en ningún caso debe usarse para diagnosticar o tratar problema alguno. Si tiene o sospecha la existencia de un problema de salud, consulte a su médico de cabecera o especialista que como profesionales sabran dar la mejor respuesta.

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