“Integrar” supone la inclusión del otro desde su singularidad, es así que la educación ha de constituirse como medio de socialización y promoción del desarrollo personal y comunitario, y no como simple instrumento que excluye sus beneficios a las personas disminuidas en sus capacidades. De este modo es importante resaltar la dimensión de la subjetividad en el proceso de enseñanza-aprendizaje para garantizar la integración socio-educativa de las personas con necesidades especiales. Solo recuperando la complejidad cultural y la mediación de la subjetividad es posible comprender y operar desde los sujetos concretos y desde las prácticas particulares. La Integración escolar del niño con necesidades especiales requiere de la implementación de un dispositivo específico y de la participación de profesionales idóneos con trayectoria y experiencia para favorecer el éxito de la experiencia socio-educativa. El Maestro Integrador, como Agente primordial en el proceso de enseñanza – aprendizaje, será quien se encargue de realizar una evaluación diagnóstica del alumno con el fin de determinar las necesidades especiales a integrar y la consiguiente Transposición Didáctica de los contenidos de enseñanza. Realizará la implementación de estrategias didácticas pertinentes en el desarrollo de habilidades para alcanzar los contenidos propuestos por el docente, la evaluación formativa del desempeño del alumno en la interacción con sus pares y docentes y la evaluación final teniendo en cuenta los puntos de superación obtenidos. De esta manera funcionara como un elemento integrado al proceso de enseñanza – aprendizaje, para comprobar la validez de las estrategias didácticas utilizadas y permitir la reformulación de las mismas en instancias previas al fracaso del alumno. Asimismo establecerá comunicación directa con Directivos, Docentes y Psicopedagogo sugiriendo, en los casos que sean necesarios, posibles estrategias para la enseñanza. El Coordinador/ Supervisor evaluará las posibilidades del alumno para su inclusión en la modalidad correspondiente, el monitoreo, evaluación y supervisión del Proceso de Integración Escolar y el apoyo y contención familiar. Acerca del Autor: Prof. Lic. María del Milagro Sarno www.atied.com.ar / info@atied.com.ar • Licenciada en Psicología. MN 35936 Universidad de Buenos Aires (UBA) • Profesora Nacional de Educación Media y Superior en Psicología. Universidad de Buenos Aires. (UBA) • Posgrado en Psicología Cognitiva. Facultad de Psicología. Universidad de Buenos Aires. (UBA) • Directora ATIeD. Institución dedicada al Abordaje Terapéutico Integral en Discapacidad. Acompañamiento Terapéutico. Integración Escolar. Abordaje Interdisciplinario en: Discapacidad Mental, Discapacidad Intelectual, Discapacidad Física. Disciplinas Intervinientes: Psicología; Psiquiatría; Neurología; Musicoterapia; Terapia Ocupacional; Educación Especial, Psicomotricidad, Arte Terapia. Contacto: www.atied.com.ar email: info@atied.com.ar telefax: 54-11-4772-7834 / 4774.2339 • Miembro de la Fundación para el Estudio y Tratamiento de las Enfermedades Mentales (FETEM) Fundación dedicada a la Asistencia, Docencia e Investigación de las Enfermedades Mentales. Director: Prof. Dr. Ricardo Marcelo Corral. Jefe del Servicio de Docencia e Investigación del Hospital Psicoasistencial Interdisciplinario José Tiburcio Borda. • Asesora Pedagógica. Fundación para el Estudio y Tratamiento de las Enfermedades Mentales. (FETEM) • Colaboradora Docente. Cátedra de Salud Mental Facultad de Medicina. Universidad de Buenos Aires. (UBA) • Ex Psicóloga del Servicio de Admisión. Hospital Psicoasistencial Interdisciplinario José Tiburcio Borda.
DOCUMENTOS PRACTICOS
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LEGISLACION Y DISCAPACIDAD
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Ministerio de Educación (BOE de 18/11/2010 - Sección I)
Orden EDU/2949/2010, de 16 de noviembre, por la que se crea el Foro para la Inclusión Educativa del Alumnado con Discapacidad y se establecen sus competencias, estructura y régimen de funcionamiento.
CONVOCATORIA DE PLAZAS DE TRABAJO
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Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad.
Ministerio de Administraciones Públicas (BOE 303 de 17/12/2004)
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